Libros prohibidos, así eran tratados en la Nueva España
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Libros prohibidos, así eran tratados en la Nueva España

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Los libros prohibidos al llegar de Europa a la Nueva España tenían que ser revisados para cumplir con las características necesarias que no ofendieran la buena moral.

La Iglesia católica a mediados del siglo XVI, basada en el derecho de custodia en sus fieles, la integridad de la fe y el desarrollo de las buenas costumbres dedicó parte de sus esfuerzos a eliminar aquellos textos considerados perniciosos o mejor conocidos como libros prohibidos.

De aquí se derivó el cuidado y vigilancia que ejerció sobre las ideas y doctrinas que están escritas en los libros, en los que se prohibía aquellos que atentaban contra los principios esenciales de la doctrina cristiana e influían en la vida de sus seguidores.

El organismo que dentro de la administración eclesial se ocupó de este asunto fue la Congregación del Índice de los libros prohibidos, instituida por el Papa Pío V (1566-1572) en 1571. Paulatinamente se fue conformando esta Congregación, y en el lustro 1585-1590 y estuvo compuesta por varios cardenales y un prefecto que atendieron los delicados asuntos de los libros: revisaron las obras impresas a través de los consultores, dígase teólogos y profesores de las ciencias acreditadas, atendieron las denuncias sobre los libros sospechosos, y negaron o aprobaron la circulación de los textos que consideraron dañinos para la fe y la moralidad de los cristianos, y que quedaron registrados en dicho catálogo.

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Paulo IV (1555-1559) ordenó a los inquisidores que elaboraran un índice de los libros prohibidos. En él se señalaban las sanciones a las que se hacían acreedores quienes los leyeran o editaran. Estas consistían principalmente en la excomunión, que incapacitaba a los creyentes para obtener los oficios y beneficios eclesiásticos y los condenaba a infamia perpetua. El índice estaba compuesto por tres partes: la primera señalaba los nombres de los autores, la segunda los libros proscritos y la tercera los títulos de los libros anónimos.

Antes de que apareciera la imprenta, el control de escritos se hizo por medio de los decretos que la Iglesia emitía con carácter de censura. En estos mencionaba aquellos documentos cuya lectura prohibía por considerarla peligrosa. Años más tarde el Papa Alejandro VI (1492-1503) obligó, bajo tremendas penas, a los impresores de Colonia, Maguncia, Treveris y Magdeburgo a someter a la previa censura de la legítima autoridad eclesiástica, todo cuanto pretendían editar. Con ello se aseguraba, en parte, el control total de los libros perniciosos.

Más tarde, bajo la autoridad del Papa León X (1513-1521), se pensó en elaborar el índice de libros prohibidos, marcando el inicio de estos catálogos cuyo contenido eran las obras proscritas por la Iglesia. Notables son los Índices de Venecia (1543) y el de Lovaina (1546). Luego debido al control de la Iglesia, cada vez mayor en el mundo occidental, aparecieron otros en España Colonia, París y Florencia.

En el universo de los libros censurados, la Inquisición o Santo Oficio jugó un papel preponderante. Esta institución se originó en el pontificado de Gregorio IX (1227-1241) con el propósito de cortar la herejía de los albigenses, cátaros y otras sectas y, al mismo tiempo, contar con un organismo que velase por la salud espiritual de los fieles.

La Inquisición fue conocida en España antes del reinado de Fernando e Isabel, ya que en 1478 el Pontífice Sixto IV (1471-1484) autorizó se escogieran dos o tres varones probos que hicieran los trabajos de inquisición en cualquier parte de España. En 1480 por Cédula Real del 17 de septiembre, quedó establecido el Santo Oficio, y en 1483, fray Tomás de Torquemada fue nombrado primer Inquisidor General.

De España se transfirió a estas tierras el concepto de Santo Oficio con sus funciones específicas, y el 27 de junio de 1535 fue nombrado fray Juan de Zumárraga, primer obispo de México, Inquisidor de la Nueva España. Después fueron nombrados otros inquisidores cuyas funciones, paulatinamente, definieron y afirmaron como lo exigía el entorno político social y religioso en el que se desarrollaban estas tierras. Los inquisidores trataron siempre y fundamentalmente, de impedir que se propagaran los errores contra la fe y las buenas costumbres.

En un principio el Santo Oficio mexicano tomó medidas para evitar, en cuanto fuera posible, entrasen los libros que propagaban, sobre todo la herejía luterana en estos reinos de la Nueva España. Las medidas adoptadas de cuidadosa vigilancia sobre los libros que venían de España, no evitó la introducción y circulación de los textos prohibidos, pero sí logró aminorar el número de éstos.

Para controlar las entradas al país de estas ediciones se ordenó a los comisarios que al arribar los barcos se hiciera un examen minucioso de los libros que llegaban. Se dio instrucciones a los revisores de las aduanas, que pidieran a los dueños de los libros una lista detallada de los mismos y que cotejaran ésta con aquellos. Si se detectaba algún libro de dudosa ortodoxia se enviaba a los calificadores del Santo Oficio para su evaluación y posible censura.

Una vez que el libro llegaba al Santo Oficio, éste era examinado por dos o más censores; si se consideraba inofensivo se devolvía a su dueño, de lo contrario era condenado a ser expurgado y se le retenía hasta tanto hubiera sufrido la debida censura. Esta tarea consistía en tachar algún párrafo o texto del libro con el fin de limpiarlo de errores morales y dogmáticos.

Ciertamente había licencias, dadas por el Santo Oficio, para retener libros prohibidos in totum según las circunstancias meritorias. En los conventos que gozaban de estas licencias, dichos libros se guardaban en una estancia separada de las otras que se conocía con el nombre de “infiernillo” para indicar lo indeseables y perniciosas que eran tales ediciones.

La atracción por lo prohibido

Los poseedores y lectores de estos libros siempre se las ingeniaron para evitar al Santo Oficio y poder conservar los libros prohibidos, sobre todo en el siglo XVIII. Los eclesiásticos, los particulares, los mercaderes, los libreros, los funcionarios del gobierno y los médicos, fueron fundamentalmente quienes deseaban obtenerlos con más frecuencia.

La categoría de los libros prohibidos era tasada según criterios sostenidos por la Iglesia, en la Constitución “Divini Gregis”emitida el 24 de marzo de 1564 por el Papa Pío IV(1559-1565). Estas normas se sostuvieron vigentes hasta 1929 y fueron la base para etiquetar los libros prohibidos señalados en los 30 índices publicados desde 1590 a 1948. Tres índices salieron en el siglo XVI, otros tres en el siglo XVII; siete en el siglo XVIII; seis en el siglo XIX, y once en el siglo XX.

Las diversas categorías de los libros prohibidos se hallan enumeradas en las 16 reglas que, a partir de 1640, figuran en los índices de libros prohibidos de España.

Las 16 reglas pueden resumirse en cuatro grupos:

El primero contempla las obras contrarias a la fe católica, es decir los escritos heréticos que se ocupan de los dogmas y la moral cristiana; en este apartado se incluyen los textos de la Sagrada Escritura con corte polémico, escritos en lengua vulgar.

El segundo grupo abarca las obras que tratan sobre nigromancia y astrología que fomentan la superstición y los falsos valores morales; en este apartado se hallan también los libros que tratan cosas lascivas y de amores que dañan directamente las costumbres cristianas.

El tercer grupo contempla todas las obras publicadas sin nombre del autor, impresor y sin señalar el lugar y la fecha de edición, y que contengan doctrinas dañinas para la fe y moral cristiana.

El cuarto grupo comprende a las obras completas o fragmentos de ellas, y que atentan contra la buena reputación del prójimo, sean eclesiásticos o civiles.

La Iglesia, defensora de la fe de sus súbditos, se preocupó desde los primeros siglos de su existencia de impedir que circularan tanto los escritos o piezas documentales como los libros, que dañaran la fe y moralidad católica. El Santo Oficio o Inquisición fue el organismo que, originándose en Europa, vino a la Nueva España para sostener los criterios empleados en España.

Los países no siempre se apegaron a loa criterios indicados por la Iglesia y en ello tuvo que ver mucho la relación estrecha o distante entre el rey y el pontífice.

Los libros prohibidos, catalogados en los diversos índices, señalan el fuerte interés que tuvo la Iglesia porque el libro no fuera portador de doctrinas dañinas que afectaran las creencias y el mundo espiritual de los fieles.

En la historia del libro y también en la historia de la imprenta, no faltará la presencia de la Iglesia Católica como árbitro que señala la ortodoxia o heterodoxia de los impresos; los primeros para que puedan circular sin obstáculos y los segundos para condenarlos y evitar que llegaran a las manos de los fieles cristianos.

Los libros que abordaban temas de fe o de costumbres en las diversas épocas de nuestra historia tuvieron que pasar, en su mayoría, por la censura de la Iglesia. Ésta como protectora y fiel custodia de la fe se consideraba con el deber de que ningún libro pusiese en peligro y en duda la doctrina de Jesucristo o que dañase las buenas costumbres marcadas por la tradición y los mandamientos de la Ley de Dios.

El mundo de los libros prohibidos y los índices de éstos, responden precisamente al papel de madre y maestra que la Iglesia ha jugado, no obstante los incontables acuerdos y desacuerdos entre los autores a través de los siglos acerca de este tema.

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