Cómo cambiarán tus vuelos con la nueva Ley de Aviación Civil
Te explicamos los cambios que se realizarán con la nueva Ley de Aviación Civil. Las aerolíneas estarán obligadas a dar compensaciones, descuentos y darte un mejor trato.
La reforma a la Ley de Aviación Civil, que aún debe ser promulgada por el Ejecutivo federal, tras su aprobación por parte de las dos Cámaras del Congreso, amplia los derechos de los pasajeros, además de imponer diversas obligaciones a las líneas aéreas. A continuación te detallamos estos cambios.
1. Modificación de itinerario
Si la aerolínea registra cambios en el itinerario de los vuelos, el pasajero deberá ser informado con al menos 24 horas de anticipación. La empresa aérea te debe informar de esas modificaciones a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico disponible.
2. Indemnización por retrasos
Si tu vuelo se retrasa por causas atribuibles a las líneas aéreas, estas tendrán que indemnizarte de la siguiente forma:
- Si la demora es superior a una hora, pero inferior a cuatro, la compensación debe incluir descuentos para vuelos en una fecha posterior, y alimentos y bebidas gratis, en caso de que tengas que seguir esperando.
- Si el retraso es mayor a dos horas, pero menor a cuatro, las empresas aéreas deberán hacer descuentos a favor del pasajero de por lo menos el 7.5% del precio del boleto. Si bien, la reforma no detalla el mecanismo para el descuento, lo más probable es que se aplique en una compra posterior.
- Si tu vuelo ya se retrasó más de cuatro horas, debes ser indemnizado como si se tratara de una cancelación, es decir, la aerolínea te deberá reintegrar lo que pagaste por el boleto, además de darte una compensación del 25% del precio del viaje.
En todos estos casos, mientras esperas tu salida los proveedores de servicios aéreos te deben proporcionar, sin cargo alguno, acceso a llamadas telefónicas, y el envío de correos electrónicos.
3. Compensaciones por cancelación de vuelos
Si el vuelo se cancela por causas atribuibles a las líneas aéreas, estas deben reintegrarte el precio del boleto, y darte una indemnización de por los menos el 25% de lo que hayas pagado.
Si decides tomar el siguiente vuelo disponible, la aerolínea te debe proporcionar alimentos y, de ser necesario, alojamiento de hotel, todo esto sin ningún costo. En este supuesto no se reintegraría el precio del boleto pues sí realizarías el viaje en una fecha posterior, pero se mantiene la indemnización del 25% de lo que ya hayas pagado.
Las líneas aéreas tendrán 10 días como plazo para el pago de las indemnizaciones, tanto por retrasos como por vuelos cancelados, ese lapso empezará a contar a partir de que realices el reclamo respectivo.
4. No hay cargo por equipaje de mano
En vuelos nacionales podrás llevar sin ningún costo 25 kilos de equipaje documentado. Si llevas más la empresa aérea podrá aplicarte algún cargo.
Adicionalmente, en el avión podrás llevar -sin que te cobren- hasta dos maletas de mano con las siguientes medidas: hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho, y 25 centímetros de alto. El peso de ambas no deberá exceder los diez kilos.
En vuelos internacionales las reglas de equipaje siguen siendo las mismas, pues estas se aplican de acuerdo con tratados internacionales. Recuerda que desde febrero pasado las aerolíneas ya cobran entre 20 y 25 dólares desde la primera maleta documentada. El peso depende de la línea aérea, pero se ubica en un rango de entre 23 y 75 kilos, según sea la tarifa que hayas pagado.
5. Módulos de información
Todas las líneas aéreas deberán contar con módulos de información y atención al cliente en todas las terminales donde operen, a fin de que los pasajeros puedan estar al tanto de la situación de su vuelo.
6. Trato humanitario a mascotas
Los legisladores incluyeron en la reforma a la Ley de Aviación Civil la obligación de las aerolíneas de otorgar un trato humanitario a los animales domésticos que sean transportados. Incluso, el Congreso no dejó este aspecto a la interpretación de las empresas, pues ahora la ley detalla que el trato humanitario es “el conjunto de medidas que buscan disminuir la tensión, el sufrimiento, el dolor y la producción de traumatismos” en las mascotas.
7. Sobreventa de boletos
La sobreventa de boletos (overbooking) seguirá permitida, pero quienes se queden en tierra voluntariamente recibirán diversos beneficios de parte de la línea aérea, los cuales no podrán ser menores a los porcentajes de las indemnizaciones señaladas anteriormente.
8. Perdida de equipaje
Si tu equipaje de mano sufre alguna avería la aerolínea tendrá que pagarte hasta ochenta Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir 6,039 pesos. A su vez, si pierden las maletas que documentaste, la indemnización será de 11,323 pesos.
9. Multas por incumplimiento
En caso de incumplimiento, estas reformas imponen a las aerolíneas multas de hasta 377,450 pesos (5,000 UMA). Esto ha generado algunas protestas en el sector, pues las nuevas obligaciones que impone la ley podrían hacer que las empresas aéreas aumenten el precio de los boletos, afectando a los pasajeros.
10. Plazos y vigencia de la ley
Los cambios a la Ley de Aviación Civil entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para ello el presidente Enrique Peña Nieto tiene 30 días para hacer observaciones a la ley reformada.
Una vez que se publique en el DOF, las líneas aéreas tendrán un plazo de 90 días hábiles para adecuar todos sus procedimientos a la nueva norma. De igual forma, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes cuenta con 180 días para implementar un mecanismo público a través del cual los pasajeros puedan conocer las causas por las que se retrasa o se cancela su vuelo.
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Autor: Surya Palacios.