La Constitución de 1857, características y artículos principales
La Constitución de 1857 fue un documento oficial promulgado el 5 de febrero de 1857 y que entró en vigor el 16 de septiembre del mismo año. Nació como consecuencia de la Revolución de Ayutla. En ésta se derrocó al general Santa Anna y comenzó el periodo liberal de “la Generación de la Reforma”.
Te presentamos la historia de la Constitución de 1857, un documento de corte liberal que se promulgó el 5 de febrero de 1857 y que entró en vigor meses después: el 16 de septiembre. En este, se reconocieron algunos de los derechos fundamentales del hombre como el hecho de prohibir la pena de mutilación o la esclavitud o los cobros a la gente pobre a cambio de servicios religiosos.
La historia de la Constitución de 1857
El 2 de febrero de 1848, México había perdido Texas. La Nación estaba herida y levantamientos armados tenían lugar por todos lados hasta que, en 1852, el Plan de Guadalajara vio la luz para invitar a Santa Anna a ocupar algún cargo político. Sin embargo, Lucas Alamán fue mucho más radical y le pidió que regresara, sí, pero a gobernar, garantizando así la permanencia del régimen conservador.
No pasó mucho tiempo para que el pueblo volviera a levantarse en contra del gobierno debido a su creciente autoritarismo. Entonces, en un pueblo ubicado en el estado de Guerrero dos hombres: Ignacio Comonfort y Juan Álvarez lanzaron el Plan de Ayutla.
En éste se desconocía el mandato de Santa Anna y se convocaba a la creación de un Congreso Extraordinario que nombrara un presidente interino. Así fue como comenzó la Revolución de Ayutla, a la cual se unieron figuras tan importantes como Benito Juárez, Ponciano Arriaga y Melchor Ocampo.
Poco tiempo después, en 1855, la Revolución de Ayutla triunfó y Santa Anna salió del país. En ese momento comenzó el periodo liberal. Entonces, el Congreso Constituyente comenzó las reuniones para, con base en el Plan de Ayutla, promulgar una nueva constitución. Ésta se terminó el 5 de febrero de 1857 y entró en vigor el 16 de septiembre del mismo año.
La vigencia de este documento fue de 60 años pues después se instauró el Segundo Imperio Mexicano y posteriormente el periodo del Porfiriato.
Algunas de sus aportaciones
La Constitución de 1857 significó la consolidación del proyecto de nación. Esta tenía como forma de gobierno un sistema democrático y federal. Además, sus estados fueron declarados como libres y soberanos. Se reconoció la división de poderes tripartita.
Otra de sus aportaciones fue la conocida como “Ley Iglesias”. Esta se llamó así porque su autor fue José María Iglesias, Ministro de Justicia en ese tiempo. Dicha ley se promulgó el 11 de abril de ese año. En realidad, esta ley era sobre los derechos y obvenciones parroquiales.
Aquí se establecía que ningún miembro del clero podía cobrar ni un centavo a la gente pobre -gente que no tenía dinero ni siquiera para subsistir- por los servicios de: bautismo, matrimonio, entierro y amonestaciones.
Artículos principales de la Constitución de 1857
La Constitución que vio la luz en 1857, contiene artículos de un pensamiento liberal marcado. Este se puede apreciar en la defensa que se hace a los derechos del hombre, desde la libertad de expresión, en ese entonces señalada como «inviolable libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia» hasta la prohibición de castigos corporales como la mutilación.
Artículo 2
Aquí se sostenía que en la República Mexicana todos nacen libres y los esclavos que lleguen aquí, automáticamente recobrían su estado de libertad.
Artículo 4
En este se lee que “Todo hombre es libre para abrazar la profesión, industria o trabajo que le acomode, siendo útil y honesto, y para aprovecharse de sus productos…”
Artículo 7
Aquí se declara lo que ahora conocemos como libertad de prensa. Señala como “inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni ecsigir [exigir] fianza á los autores ó impresores ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene mas límites que el respeto á la vida privada, á la moral y á la paz pública…”
Artículo 22
En este se explica que “quedan para siempre prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquiera especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas o trascendentales.”
Conoce la historia de la Constitución de 1824
Lee los 128 artículos que componen esta constitución aquí.
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